DREAM ACT? REFORMA DE LA LEY DE INMIGRACIÓN? DEPORTACIÓN?
CÓMO «PINTA» EL FUTURO DE NUESTROS NIÑOS?
ARTICULO 2 * DERECHOS DEL NIÑO* El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
PAT MORALES ART en APOYO A LOS DERECHOS DEL NIÑO
«NO ME DEJES SOLO»

